7 La Legionella mata en un hotel de Sevilla
27 Abril 2010
Hemos metido un entrada muy interesante en nuestro otro blog. Pínchala en: la Legionella mata en Sevilla
Los comentarios tambien tienen su enjundia.
Y la segunda entrega de Legionella mata en Sevilla
Gracias y saludos
Roberto Pozuelo
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Buenas noches:
Acabo de leer, siguiendo las indicaciones, la noticia según la prensa de Sevilla.
Mi pregunta ahora va dirigida a saber si es necesario pasar mensualmente esas pruebas que se mencionan.
Sigo opinando que el informador no llega a definir los puntos esenciales y por tanto no puede deducirse absolutamente nada sobre la responsabilidad del director del hotel.
Digo esto, porque mencionar a una empresa subcontratada que realiza el trabajo previsto, lleva inmediatamente a preguntarse si los trabajos de mantenimiento especifican que se han llevado a cabo, quién lo ha hecho y como consecuencia cuál es el resultado de los análisis que consecuentemente se deben de realizar para comprobar y garantizar que el objetivo de la limpieza se ha conseguido.
De no ser con el cumplimiento de un protocolo en este sentido, ya me dirán para que se contrata una empresa de mantenimiento de la que no se puede controlar si ha realizado el trabajo y si los resultados son los que deben de conseguirse.
Es indudable que de la actuación incorrecta del mantenimiento, se deriva subsidiariamente la responsabilidad de la empresa. Pero lo dicho anteriormente creo que tiene peso específico suficiente:
O se ha contratado una empresa para hacer la limpieza, sin más. O se ha contratado además una empresa que garantiza mediante un análisis que tal limpieza ha daado sus frutos.
Supongo Roberto, que la responsabilidad de la empresa que realiza el mantenimiento de la torre, incluye el emitir el informe preceptivo cada vez que reliza la limpieza, ya sea mensual o trimestral.
Nos puedes, por favor, explicar cómo se hace un contrato de atención o mantenimiento a una instalación como es una torre de refrigeración.
Creo que nos ayudaría a comprender el alcance de la responsabilidad del director del hotel.
Saludos
José Ramón
José Ramón Díaz
27 abril, 2010 a 0:03
José Ramón gracias por particiar.
El tema es muy sencillo. A ver qué te parece:
El RD 865/2003 dedica un Anexo, el 4º, a la forma en que hay que manejar las torres de refrigeración y los condensadores evaporativos (instalaciones parecidas a las torres)para la Revisión, Limpieza y Desinfección (en situación normal y con brote) Este anexo nos marca además los límites analíticos y la periodicidad de los análisis y de las intervenciones. En general el Anexo es bastante correcto, aunque a mí personalmente hay cosas que me parecen mejorables (cosa que entre nosotros me pasa en muchas más cosas)
Importante: el RD 865/2003 NO me dice que subcontrate el mantenimiento. Es más, como comentaba,el Art 4 me dice que la subcontratación no quita la responsabilidad al usuario. Si quiere subcontrata pero la responsabilidad es del usuario. Y lo que decía respecto a la torre de refrigeración del Hotel Macarena es que el usuario, y por tanto el responsable es la cadena hotelera propietaria del hotel: Sol Melia.
Las empresas subcontratan porque les resulta más fácil y más barato. Pero ojo a quien se contrata, que lo barato a veces es caro.
Saludos y gracias por seguir nuestro blog
Roberto Pozuelo
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robertopozuelo
27 abril, 2010 a 17:33
Buenos días:
Se puede saber qué tipo de actuaciones ante la justicia se están tomando.
Sería interesante seguir la pista desde el momento de la denuncia.
Gracias.
José Ramón
José Ramón Díaz
27 abril, 2010 a 8:29
Date una vuelta por http://legionela.wordpress.com/2010/04/27/legionella-mata-hotel-sevilla-legionelosis-legionel/
Gracias y saludos
robertopozuelo
27 abril, 2010 a 18:42